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Resolución 165/2023

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Hechos

Riscat Consultors, SL presenta un recurso contra los pliegos de la licitación, argumentando falta de especificación del objeto del contrato, disconformidad con la solvencia técnica exigida y que el criterio de adjudicación relativo a la experiencia adicional no aporta mejoras reales al servicio y resulta en una doble valoración de la solvencia técnica.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP): Artículos 1, 28, 39, 40, 44.1 a), 44.2 a), 46, 48, 50.1, 51.1, 57.2, 58.2, 64, 74.2, 90, 90.1, 90.1 a), 90.1 b), 90.4, 92, 116.4 c), 132, 145.2, 145.7
  • Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya: Disposición adicional cuarta
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre, por el cual se regula el Tribunal y se aprueba su organización y su funcionamiento: Artículo 16
  • Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Catalunya: Artículo 75
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa: Artículos 10.1 k) y 46.1

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