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Resolución 0650/2024

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Hechos

El Ayuntamiento de Bullas declaró desierta la licitación del contrato de servicios para la gestión de la Escuela Municipal de Música tras excluir la oferta de la Asociación Musical Villa de Bullas, el único licitador, por considerar que su oferta limitaba el número de alumnos y la duración de las clases, contradiciendo los pliegos. La asociación recurre esta decisión, impugnando también indirectamente los pliegos.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: 44.1.a)
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: 44.2.b)
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: 46
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: 48
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: 49
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: 50.1 b
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: 56
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: 58
  • Ley 39/2015: 48
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa: 10.1 letra k)
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa: 46.1

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