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Resolució 458/2021

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Fets

La ASOCIACIÓN DE PERITOS TASADORES JUDICIALES DE ANDALUCÍA interpone recurso contra la adjudicación a M.B. AGENCIA TÉCNICA DE PERITACIONES S.L. del contrato de Servicio de Peritaciones Judiciales. La recurrente alega infracción de los principios de igualdad, transparencia y libre competencia, así como del artículo 122 de la LCSP, argumentando que se limitó el número de peritos a baremar en la mejora de formación académica, lo que perjudicó su oferta. La adjudicataria y el órgano de contratación defienden la decisión, argumentando que la valoración se realizó sobre el equipo mínimo de profesionales requeridos y que la recurrente tuvo oportunidad de conocer las condiciones de la licitación.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44 apartados 1.a) y 2.c) de la LCSP
  • Artículo 50.1 d) de la LCSP
  • Artículo 132 LCSP
  • Artículo 122 de la LCSP
  • Artículo 63.3.a) LCSP
  • Artículo 116.4 LCSP
  • Artículo 1 y 132 de la LCSP
  • Artículo 4 de la Ley 40/2015
  • Artículo 57.3 del TRLCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 10.1 letra K) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre

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