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Resolución 0248/2025

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Hechos

El Consejo de Seguridad Nuclear convocó un contrato de servicios para una unidad técnica de protección radiológica. La UTE TAI AD Emergencias presentó una oferta que fue considerada anormalmente baja y, tras no justificarse adecuadamente, fue excluida. La UTE TAI AD interpone recurso contra su exclusión y la adjudicación a otra empresa.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44.1.a) de la LCSP
  • Artículo 44.2.b) de la LCSP
  • Artículo 45 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1 de la LCSP
  • Artículo 53 de la LCSP
  • Artículo 56.2 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Artículo 28.4 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
  • Artículos 11.1 letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

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