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Resolución
278/2024
La empresa CONTELOGIC, S.L. presenta un recurso contra su exclusión en un procedimiento de licitación para el suministro de contenedores. La exclusión se debió a que los certificados UNE-EN 840 y RAL GZ 951/1 presentados no estaban a su nombre, sino al del fabricante. CONTELOGIC argumenta que los pliegos no exigen que los certificados estén a nombre del licitador, sino que acrediten las características del producto.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 47.1 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1.a) y 2.b) de la LCSP
- Artículo 50.1 c) de la LCSP
- Artículo 57 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 1 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 10 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 10.1 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 10.3 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto 120/2014, de 1 de agosto
- Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 10.1 letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
- Ley 5/2010, de 11 de junio
- Artículo 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio
- Artículo 11.1 c) de la Ley 5/2010, de 11 de junio
- Artículo 14.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio
Esta resolución cita a:
- Andalucía 223/2021 2021-06-10
- Andalucía 297/2020 2020-09-08
- Andalucía 113/2020 2020-05-14
- Andalucía 250/2019 2019-08-02
- Andalucía 333/2018 2018-11-27
- Madrid 368/2017 2017-11-29
- Andalucía 221/2016 2016-09-16
- Central 596/2016 2016-07-21
- Andalucía 120/2015 2015-03-25
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 599/2024 2024-11-29
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