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Resolució
0710/2025
La empresa CALABRES TOME, S.L. presentó una oferta para el servicio de redacción de censos de amianto, que fue considerada anormalmente baja (32% inferior al presupuesto base). Se le requirió justificación, la cual fue evaluada por un técnico especialista que consideró que no justificaba adecuadamente la baja. Con base en este informe, la mesa de contratación acordó excluir a CALABRES TOME, S.L. del procedimiento de licitación. La empresa recurre esta exclusión alegando falta de motivación y que su justificación sí era válida.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, artículos 44.1.a), 44.2.b), 46.2, 48, 50.1.c), 56.2, 56.3, 57.3, 58.2, 74, 145.3.g), 149, 149.4, 149.6, 149.9, 150.2, 159.1.b), 159.4.f), 201
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, artículo 85
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 80.2
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículos 10.1.k, 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1655/2024 2024-12-19
- Central 1020/2024 2024-09-05
- Central 1584/2023 2023-12-14
- Central 1240/2023 2023-09-28
- Central 105/2011 2011-04-14
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