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Resolución
126/2022
El Hospital Universitario Virgen del Rocío desistió parcialmente del expediente de contratación para los lotes 8 y 9 debido a un error en el precio fijado para las tarifas, que era inferior al establecido en la normativa. La Asociación de Empresas Andaluzas de Nefrología (AEAN) recurre este desistimiento parcial, argumentando que implica una modificación sustancial del objeto del contrato que afecta a las ofertas de los demás lotes.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 g) de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Artículo 99 de la LCSP
- Artículo 122 de la LCSP
- Artículo 124 de la LCSP
- Artículo 136 de la LCSP
- Artículo 136.2 de la LCSP
- Artículo 152 de la LCSP
- Artículo 152.2 de la LCSP
- Artículo 49.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Disposición adicional decimoquinta de la LCSP
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Orden de 31 de octubre de 2005 de la Consejería de Salud
Esta resolución cita a:
- Andalucía 62/2021 2021-02-25
- Andalucía 196/2020 2020-06-04
- Andalucía 214/2017 2017-10-23
- Andalucía 83/2017 2017-05-02
- Andalucía 143/2016 2016-06-17
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 182/2024 2024-04-26
- Andalucía 135/2023 2023-02-21
- Andalucía 357/2022 2022-06-30
- Andalucía 129/2022 2022-02-18
- Andalucía 128/2022 2022-02-18
- Andalucía 109/2022 2022-02-18
- Andalucía 130/2022 2022-02-18
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