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Resolución 196/2020

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Hechos

El Ayuntamiento de Roquetas de Mar convocó una licitación para un servicio de agencia de viajes. Tras la presentación de ofertas, la mesa de contratación detectó contradicciones en los criterios de adjudicación, lo que llevó a proponer la renuncia al contrato. La Junta de Gobierno acordó la renuncia y la promoción de una nueva licitación con criterios de adjudicación adecuados. GLOBALIA CORPORATE TRAVEL, S.L.U. interpuso un recurso especial contra este acuerdo.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo
  • Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Orden de 14 de diciembre de 2011
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • LCSP art. 44
  • LCSP art. 46.1
  • LCSP art. 48
  • LCSP art. 50.1 c)
  • LCSP art. 58.2
  • LCSP art. 146
  • LCSP art. 152
  • LCSP art. 152.3
  • LCSP art. 152.4

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