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Resolución
268/2020
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
8 de octubre de 2020
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
Izertis, S.A. interpone recurso contra la adjudicación del lote 1 del expediente ECON/000119/2020 a Grupo Corporativo GFI Informática, S.A., al considerar que la justificación de la oferta anormalmente baja de GFI no está justificada. El único criterio de adjudicación es el precio. La mesa de contratación solicitó justificación a las empresas incursas en presunción de anormalidad, aceptando la de GFI.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) y 2.c) de la LCSP
- Artículo 149 de la LCSP
- Artículo 149.6 de la LCSP
- Artículo 69.3 de la Directiva 2014/24/UE
- Artículo 149.4 de la LCSP
- Artículo 201 de la LCSP
- Artículo 58 de la LCSP
- Artículo 53 de la LCSP
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 3.5 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 10, letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Madrid 314/2018 2018-10-10
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