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Resolución 312/2021

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Hechos

La empresa recurrente impugna el certificado de la mesa de contratación al considerar que se han vulnerado los principios de no discriminación, igualdad de trato, libre competencia e imparcialidad al aceptar memorias técnicas que excedían el límite de páginas establecido en los pliegos, y por la falta de motivación en la valoración de las ofertas según criterios de valor.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
  • Artículo 44.1 a) de la LCSP
  • Artículo 44.2 b) de la LCSP
  • Artículo 44.3 de la LCSP
  • Artículo 46.2 de la LCSP
  • Artículo 55 c) de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 59 de la LCSP
  • Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya, disposición adicional cuarta
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre

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