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Resolució
0207/2023
La UTE constituida por INSOMNIA ACCELERATOR S.L. Y PROXYA SERVICIOS TECNOLÓGICOS S.L.U. presenta un recurso contra su exclusión en la licitación para la creación de un IHub con tecnología fiware. La exclusión se basa en la omisión de información sobre las licencias necesarias para el cumplimiento del contrato, tanto en la oferta técnica como en la económica. Telefónica, otro licitador, alegó este incumplimiento.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre
- Real Decreto Ley 6/2022, de 29 de marzo
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- artículo 150 de la Ley 9/2017
- artículo 44 de la LCSP
- artículo 45 de la Ley 9/2017
- artículo 48 de la LCSP
- artículo 50 de la LCSP
- artículo 57.3 de la LCSP
- artículo 58.2 del Real Decreto Ley 36/2020
- artículo 157 de la LCSP
- artículo 139.1 de la LCSP
- artículo 84 del Real Decreto 1098/2001
Esta resolución cita a:
- Central 1386/2019 2019-12-02
- Andalusia 242/2019 2019-07-25
- Madrid 362/2018 2018-11-28
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