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Resolución 35/2015

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Hechos

La empresa BERGASAN, S.L. interpone recurso contra la adjudicación del contrato de servicio de transporte escolar a la UTE AUTOCARES SANCHEZ ABLA, S.L., AUTOCARES MEROÑO, S.A. y AUTOCARES ALONSO CARBONERAS, S.L. para los lotes 70, 43, 36, 37, 54, 28 y 29. La recurrente alega incumplimiento de la normativa de transporte, irregularidades en la oferta de la UTE adjudicataria (uso de vehículos no propios, adscripción de los mismos vehículos a varios lotes) y errores en la valoración de las ofertas.

  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
  • Artículo 40 TRLCSP
  • Artículo 41.3 TRLCSP
  • Artículo 42 TRLCSP
  • Artículo 44.2 TRLCSP
  • Artículo 47.1 TRLCSP
  • Artículo 47.5 TRLCSP
  • Artículo 89 del Real Decreto 443/2001
  • Artículos 48 y 49 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de Transportes Terrestres
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Orden de 14 de diciembre de 2011
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

Esta resolución cita a:

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