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Resolución
317/2025
El Col·legi de l'Arquitectura Tècnica de Barcelona (CATEB) presenta un recurs contra los pliegos de la licitación al considerar que se excluye injustificadamente a los arquitectos técnicos como profesionales competentes para la modificación del planeamiento urbanístico y que no se indica expresamente la disposición legal que reserva la prestación del servicio a una profesión determinada. Posteriormente, el CATEB solicita que se le tenga por desistido del recurso.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
- Artículo 1.1 Ley 9/2017
- Artículo 44.1 a) Ley 9/2017
- Artículo 44.2 a) Ley 9/2017
- Artículo 46.2 Ley 9/2017
- Artículo 56.1 Ley 9/2017
- Artículo 58.2 Ley 9/2017
- Artículo 59 Ley 9/2017
- Artículo 135.4 Ley 9/2017
- Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
- Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC)
- Artículo 5.3 Ley 39/2015
- Artículo 84.1 Ley 39/2015
- Artículo 94.4 Ley 39/2015
- Disposición final cuarta Ley 9/2017
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa
- Artículo 10.1 k) Ley 29/1998
- Artículo 46.1 Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Cataluña 179/2025 2025-04-16
- Cataluña 153/2025 2025-04-02
- Cataluña 114/2025 2025-03-12
- Cataluña 110/2025 2025-03-12
- Cataluña 321/2024 2024-09-05
- Cataluña 251/2024 2024-06-27
- Cataluña 477/2023 2023-07-26
- Cataluña 385/2023 2023-06-14
- Cataluña 318/2021 2021-10-27
- Cataluña 262/2021 2021-09-08
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