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Resolución 552/2024

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Hechos

La ASOCIACIÓN COMARCAL DE PADRES Y TUTORES DE PERSONAL CON DISCAPACIDAD DISGENIL interpone recurso contra los pliegos del contrato de servicio de atención temprana en Córdoba, alegando errores en la cuantificación del presupuesto base de licitación, especialmente en los costes de personal, inmuebles y materiales. El órgano de contratación defiende la adecuación de los cálculos realizados. El tribunal adopta medida cautelar de suspensión del procedimiento.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículos 44, 46, 48, 50.1 b), 57.3, 57.4, 100, 100.2, 101, 101.7, 102, 102.2, 102.3, 103, 103.2, 145.5, 145.7 de la LCSP
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP)
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Decreto 57/2020, de 22 de abril
  • Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Orden de 13 de diciembre de 2016
  • Artículo 21.1 de la Ley 1/2023, de 16 de febrero
  • XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad
  • Artículo 32, 33, 34, 34.1, 37, 48, 61, 92, 107 del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad
  • Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo
  • Artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores
  • Artículo 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

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