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Resolución 249/2016

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Hechos

Clínica Torcal, S.L. interpone dos recursos contra el pliego de cláusulas administrativas particulares del acuerdo marco para la gestión de servicios públicos de atención temprana en Andalucía. El primero se presenta antes de la modificación del pliego, y el segundo, tras la modificación y nueva licitación. La recurrente alega que el pliego no garantiza la libre competencia ni la participación de la pequeña y mediana empresa, ya que no promueve la licitación del servicio en un determinado ámbito territorial.

  • TRLCSP art. 41.3
  • TRLCSP art. 46
  • TRLCSP art. 42
  • TRLCSP art. 40
  • TRLCSP art. 44.2 a)
  • TRLCSP art. 22
  • TRLCSP art. 86
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, art. 13
  • Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, art. 55
  • Directiva 23/2014/UE art. 5

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