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Resolución
340/2023
Teknoservice recurre la inadmisión de su oferta por presentarla fuera de plazo. Alega que el órgano de contratación no le informó de las nuevas versiones de la aplicación para preparar las ofertas, lo que le causó indefensión y un perjuicio irreparable. El órgano de contratación argumenta que la aplicación era de uso voluntario y que la recurrente no fue diligente en la presentación de su oferta.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la Ley 9/2017
- Artículo 48 de la Ley 9/2017
- Artículo 44 apartados 1 b) y 2 b) de la Ley 9/2017
- Artículo 50.1 c) de la Ley 9/2017
- Artículo 52 de la Ley 9/2017
- Artículo 1 de la Ley 9/2017
- Artículo 132.1 de la Ley 9/2017
- Artículo 56.4 de la Ley 9/2017
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 70 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
- Artículo 57.3 de la Ley 9/2017
- Artículo 57.4 de la Ley 9/2017
- Artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
Esta resolución cita a:
- Andalucía 120/2020 2020-05-21
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 137/2025 2025-03-06
- Andalucía 138/2025 2025-03-06
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