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Resolución 1013/2022

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Hechos

El recurrente impugna el pliego de cláusulas administrativas particulares del contrato de servicios de asistencia técnica para la rehabilitación de un edificio. Alega varios motivos, incluyendo la prohibición de subcontratación, la exigencia de una oficina en Melilla, penalidades por cambio de personal, falta de medidas para evitar el falseamiento de la competencia, falta de comité de expertos y falta de justificación de la no división en lotes.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 56.2 de la LCSP
  • Artículo 56.3 de la LCSP
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48.1 de la LCSP
  • Artículo 50 1. b) de la LCSP
  • Artículo 44.1.a) de la LCSP
  • Artículo 44.2.a) de la LCSP
  • Artículo 50.1, letra b) de la LCSP
  • Artículo 215 de la LCSP
  • Artículo 75 de la LCSP
  • Artículo 75.4 de la LCSP
  • Artículo 90.1.b) de la LCSP
  • Artículo 70 de la LCSP
  • Artículo 146.2.a) de la LCSP
  • Artículo 146.3 de la LCSP
  • Artículo 99.3 de la LCSP
  • Artículo 76.2 de la LCSP
  • Artículo 211 de la LCSP
  • Artículo 192.2 de la LCSP
  • Artículo 308 de la LCSP
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación
  • Real Decreto 2751/1986, de 5 de diciembre
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • Artículo 4 de la Ley 40/2015
  • Artículo 42 del Código de Comercio
  • Directiva 2014/24/UE
  • Artículo 46 de la Directiva 2014/24/UE
  • Artículo 93.3 de la LCSP
  • Artículo 308.4 de la LCSP
  • Ley 9/2022, de 14 de junio

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