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Resolución
035/2017
La empresa UNI2 SERVICIOS INTEGRALES, S.A. interpuso un recurso especial contra la adjudicación del contrato de limpieza de edificios municipales (Lote 1) del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián. La empresa recurrente alega que la oferta de FCC (adjudicataria) contiene información del sobre de criterios de valoración automática en el sobre de criterios de valoración subjetiva, y que la oferta de FCC reduce las horas mínimas requeridas en los pliegos. FCC se opone al recurso, argumentando que no se anticipó información relativa a los criterios de apreciación automática y que su oferta cumple con el número de horas exigido. El Ayuntamiento también se opone, señalando que no hubo vulneración del secreto de la oferta y que FCC se comprometió a cumplir las horas mínimas.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- TRLCSP artículo 46.2
- TRLCSP artículo 40.1 a)
- TRLCSP artículo 40.2 c)
- TRLCSP artículo 3
- TRLCSP artículo 150.2
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, artículo 26
- TRLCSP artículo 43.2
- Ley 5/2010, de 23 de diciembre, Disposición Adicional Octava
- TRLCSP artículo 47.5
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 44.1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 46.1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 10 k)
- TRLCSP artículo 49
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, artículo 29.3
Esta resolución cita a:
- Euskadi 100/2013 2013-10-23
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