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Resolución 024/2017

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Hechos

La empresa recurrente plantea cuestión de nulidad contra el contrato de servicios, alegando que no se le notificó la adjudicación y se le privó de la posibilidad de interponer recurso. La empresa recurrente se presentó a la licitación en compromiso de UTE, que fue excluido por no justificar su oferta en presunción de ser desproporcionada o anormal, exclusión que fue confirmada por el Tribunal.

  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP)
  • TRLCSP artículo 37.1.b
  • TRLCSP artículo 39.5.d
  • TRLCSP artículo 41
  • Decreto 10/2015, de 12 de febrero, artículo 2.1
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, artículos 39.1 y 18
  • Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa – Administrativa, artículos 10.1 y 46.1

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