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Resolución
30/2021
Se recurre la admisión de las ofertas económicas de dos licitadores (Canaragua y Eicoh) por considerar que ofertaron precios unitarios en lugar de precios globales, contraviniendo lo estipulado en los pliegos. El Ayuntamiento argumenta que los pliegos no eran claros al respecto y que la mesa de contratación consideró válidas las ofertas tras una aclaración de los licitadores.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Decreto 10/2005, de 12 de febrero
- Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa – Administrativa
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
Esta resolución cita a:
- Canarias 169/2019 2019-08-06
- Canarias 168/2017 2017-11-22
- Canarias 024/2017 2017-02-22
- Canarias 162/2016 2016-12-02
- Central 64/2012 2012-03-06
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