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Resolución 219/2024

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Hechos

AOSSA GLOBAL S.A. recurre la decisión de la Mesa de Contratación de excluirla del procedimiento de contratación del "Servicio de atención integral en el Centro Ocupacional Camino Chasna" porque su oferta económica superaba el precio anual de licitación. La empresa argumenta que hubo un error al presentar el precio total de los tres años del contrato en lugar del precio anual, y que no se le dio la oportunidad de aclarar este punto. También alega irregularidades en la composición de la Mesa de Contratación.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 82
  • Decreto 10/2005, de 12 de febrero, artículo 3 a)
  • Decreto 10/2015, de 12 de febrero, artículo 3
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 10.1 y 46.1
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, artículo 22

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