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Resolución
392/2025
La entidad recurrente presenta un recurso contra su exclusión de la licitación debido a un error en su oferta económica. Alegan que fue un error tipográfico y solicitan que se les permita subsanarlo o, subsidiariamente, se les excluya solo del lote donde se detectó el error.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44 apartados 1.b) y 2.c) de la LCSP
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 50.1 d) de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 141.2 de la LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, artículo 109.2
- Código Civil, artículos 1254, 1261 y 1262
- Código Civil, artículo 1.266
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 81
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 84
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículos 10.1 letra k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 219/2025 2025-05-13
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