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Resolución 1013/2021

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Hechos

La empresa recurrente impugna los pliegos tras haber presentado su oferta a la licitación.

  • Artículo 45 de la LCSP
  • Artículo 44.1.a) y 2.a) de la LCSP
  • Artículo 50.1.b) LCSP
  • Artículo 139.1 LCSP
  • Artículo 47 de la Ley 39/2015
  • Artículo 75 LCSP
  • Artículo 39 de la LCSP
  • Artículo 47 de la Ley 39/2015
  • Artículo 58 de la LCSP

Esta resolución aparece citada en:

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