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Resolución
277/2022
Integra recurre la adjudicación de los lotes 1 y 3 del contrato de limpieza, alegando que no se valoró correctamente su oferta en relación con los criterios de adjudicación dependientes de juicio de valor, ya que no se tuvo en cuenta la totalidad de la documentación presentada en el archivo electrónico nº 2. El Ayuntamiento reconoce que no se remitió la totalidad de la memoria técnica al técnico evaluador.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 149.4 de la Ley 9/2017
- Artículo 46 de la Ley 9/2017
- Artículo 48 de la Ley 9/2017
- Artículo 44.1.a) de la Ley 9/2017
- Artículo 44.2.c) de la Ley 9/2017
- Artículo 50.1 de la Ley 9/2017
- Disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017
- Artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
- Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
- Artículo 146.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 53 de la Ley 9/2017
- Artículo 57.4 de la Ley 9/2017
- Artículo 58.2 de la Ley 9/2017
- Decreto 10/2005, de 12 de febrero
- Disposición transitoria segunda del Decreto 10/2005
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 28.5 del Real Decreto 814/2015
- Artículo 31.4 del Real Decreto 814/2015
- Directiva 2007/66/CE, de 11 de diciembre
- Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 10.1 de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución aparece citada en:
- Canarias 205/2025 2025-07-15
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