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Resolución 0935/2023

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Hechos

La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE EMPRESARIOS DE SERVICIOS DEPORTIVOS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AEESDAP) interpone recurso contra los pliegos del contrato de servicios de socorrismo, salvamento, balizamiento y asistencia sanitaria en las playas del Puig de Santa María. Alega que las cláusulas 8 y 10 del PCAP infringen los artículos 93, 94 y 145 de la LCSP. El Ayuntamiento, sin allanarse formalmente, reconoce debilidades jurídicas en la interpretación del artículo 145 de la LCSP y la posible vulneración del criterio del TACRC 549/2020.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • LCSP; artículo 40
  • LCSP; artículo 44.1.a)
  • LCSP; artículo 44.2.a)
  • LCSP; artículo 46.4
  • LCSP; artículo 48
  • LCSP; artículo 49
  • LCSP; artículo 50.1.b)
  • LCSP; artículo 56
  • LCSP; artículo 57.3
  • LCSP; artículo 93
  • LCSP; artículo 94
  • LCSP; artículo 145
  • LCSP; artículo 145.3.g)
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; artículos 10.1 letra k) y 46.1
  • Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RPERMC); artículo 24.1

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