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Resolución
319/2021
El recurrente impugna la adjudicación del contrato de servicio de asistencia jurídica del Ayuntamiento de Pájara a MONTERO-ARAMBURU, SLP. La recurrente alega que no se valoró correctamente su oferta debido a que la documentación acreditativa de los criterios de adjudicación se presentó a través de un enlace a un archivo en la nube de Google Drive, lo que la Mesa de Contratación consideró inválido. La recurrente solicita que se anule la adjudicación y se retrotraiga el expediente para que se valoren sus criterios o, subsidiariamente, se le permita subsanar la falta de documentación.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Artículos 2 y 3 del Decreto 10/2015, de 12 de febrero
- Artículo 48 del LCSP
- Artículo 44 de la LCSP
- Artículo 50.1 letra d) de la LCSP
- Artículo 51 de la Ley 39/2015
- Artículo 28 LJCA
- Disposición adicional decimosexta, apartado 1d) de la LCSP
- Artículo 56.3 de la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero
- Artículo 222.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
- Artículo 53 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa – Administrativa
Esta resolución cita a:
- Canarias 220/2021 2021-07-30
- Canarias 170/2021 2021-06-17
- Canarias 73/2018 2018-05-07
Esta resolución aparece citada en:
- Canarias 105/2022 2022-05-04
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