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Resolución 1451/2019

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Hechos

Una UTE presenta un recurso contra la adjudicación del contrato de servicio de explotación, mantenimiento y conservación de plantas desalinizadoras. La UTE ya había sido excluida previamente en una resolución anterior del Tribunal por haber anticipado información de su oferta. Tras esta resolución, el órgano de contratación adjudicó el contrato a otra empresa. La recurrente alega que la valoración de las ofertas infringe la ley y que las propuestas de las licitadoras anticipan información que debería valorarse como criterio de adjudicación no dependiente de juicios de valor.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP): Artículos 44, 45.1, 48, 50.1.d), 139.2, 146.2, 146.2.a), 150. 1, 157. 5
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Artículos 11.1 f), 46.1

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