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Resolució 107/2012

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Fets

Varias empresas, incluyendo las recurrentes, se presentaron a una licitación para un acuerdo marco de desarrollo de sistemas de información. Tras una primera adjudicación y varios recursos, se retrotraen las actuaciones para una nueva valoración. Se requiere a los licitadores actualizar sus certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social. Una de las empresas de la UTE de las recurrentes no puede cumplir con este requisito, solicitando las recurrentes que se les adjudique el contrato sin esta empresa o que se les dé más tiempo para subsanar. La Dirección General del Patrimonio del Estado adjudica el contrato a otros licitadores, excluyendo a las recurrentes.

  • Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 206 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 205 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Artículo 151.2 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44.3 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 41.1 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 42 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44.2.a) Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 40 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 32 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 33 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 319 de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 49 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 222 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
  • Artículo 46 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 89.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
  • Artículo 1 y 139 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 45 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 47.5 del referido texto legal
  • Artículo 11, letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

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