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Resolución 1112/2022

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Hechos

La Confederación Nacional de la Construcción (CNC) interpuso un recurso contra los pliegos del contrato de “Adecuación de taludes y trincheras en el ámbito de la red de ancho métrico de Vizcaya perteneciente a las líneas 780 Bilbao Concordia-Carranza y 790 Aranguren-Balmaseda” licitado por ADIF. El recurso se basa en la inclusión de obligaciones esenciales que la CNC considera incompatibles con la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), argumentando falta de concreción y seguridad jurídica en las cláusulas relativas a la prohibición de conductas que restrinjan la competencia y la obligación de no incurrir en prohibición de contratar durante la ejecución del contrato. La CNC alega que estas obligaciones son desproporcionadas, vulneran el principio de seguridad jurídica y el principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículos 211 a 213 de la LCSP
  • Artículo 313 de la LCSP
  • Artículo 211.1 f) de la LCSP
  • Artículo 72.2 de la LCSP
  • Artículos 71 y siguientes de la LCSP
  • Artículos 72 y 73 de la LCSP
  • Artículo 132 de la LCSP
  • Artículo 47.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Artículo 39.1 de la LCSP
  • Artículos 9.3 CE
  • Artículo 39.3 Ley 39/2015
  • Artículo 140 LCSP
  • Artículo 211.1.f) de la LCSP
  • Artículos 9.3 de la CE
  • Artículo 39.3 de la Ley 39/2015
  • Artículo 26 de la Ley 40/2015
  • Artículos 72 y 73 de la LCSP
  • Artículo 1255 del Código Civil
  • Artículo 34.1 de la LCSP
  • Artículo 150.1 de la LCSP
  • Artículo 57.4.d) de la Directiva 2014/24/UE
  • Artículo 71.1.c) de la LCSP
  • Artículo 211.1.b) de la LCSP
  • Artículo 45.1 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44.1.a) de la LCSP
  • Artículo 44.2.a) de la LCSP
  • Artículo 50.1.b) de la LCSP
  • Artículo 132.3 de la LCSP
  • Artículo 115.2.a de la LCSE
  • Artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre
  • Artículo 211.1.f.2º de la LCSP
  • Artículo 71.2.c) de la LCSP
  • Artículo 193.4 de la LCSP
  • Artículos 194.1 y 213.2 de la LCSP
  • Artículo 192.1 de la LCSP
  • Artículo 11.1 letra f) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia
  • Artículo 58 de la LCSP
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre

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