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Resolución
1285/2024
La empresa Puentes Robledo, S.L. interpone recurso contra la adjudicación del lote 16 del contrato de servicio de transporte escolar a Hilario Sánchez Illán, S.L., al considerar que el vehículo ofertado por la adjudicataria es insuficiente para realizar el servicio en la ruta 13010778-C (Santa Quiteria y El Robledo). Alega que, aunque el pliego exige un vehículo de seis plazas, se necesita uno de nueve plazas para prestar correctamente el servicio, incluyendo conductor y cuidadores. Tras la interposición del recurso, el Servicio de Planificación de la Delegación Provincial en Ciudad Real propone la renuncia a la continuación del procedimiento de contratación del lote 16 debido a la necesidad de un vehículo de más de 9 plazas, lo que lleva a la Secretaría General a desistir del procedimiento de adjudicación del lote.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44.1 LCSP
- Artículo 44.2 LCSP
- Artículo 46 LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 53 LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 57.3 LCSP
- Artículo 58 LCSP
- Artículo 152 LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 84 Ley 39/2015
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 10.1 k) Ley 29/1998
- Artículo 46.1 Ley 29/1998
- Reglamento de los Procedimientos Especiales de Revisión de decisiones en materia contractual y de Organización del Tribunal Central de Recursos Contractuales (RPERMC)
- Artículo 22.1.1º RPERMC
- Artículo 28.4 RPERMC
- Decreto 119/2012, de 26/07/2012
Esta resolución cita a:
- Central 1780/2021 2021-12-02
- Central 1414/2021 2021-10-21
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