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Resolución 1879/2021

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Hechos

La Confederación Nacional de la Construcción (CNC) interpone recurso especial contra los pliegos del contrato de obra "Nueva conducción de la margen izquierda del postrasvase Júcar-Vinalopó, Fase I". Alega que el presupuesto base de licitación no se ajusta a los precios de mercado y no se ha tenido en cuenta la recomendación de utilizar la base de datos del Instituto Valenciano de la Edificación (IVE), ni el desfase temporal entre la redacción del proyecto y la fijación del presupuesto, ni la crisis de suministro de materia prima. El órgano de contratación defiende que el proyecto se elaboró con precios ajustados a mercado y que los desfases coyunturales no permiten presuponer los mismos precios en el futuro. La licitación fue declarada desierta por falta de licitadores.

  • Artículo 100 de la LCSP
  • Artículo 46.4 de la LCSP
  • Artículo 44.1.a) LCSP
  • Artículo 44.2ª) de la LCSP
  • Artículo 50 LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 24.1 del RPERMC
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

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