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Resolución
19/2021
La ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE AGENCIAS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DE HUELVA interpone recurso contra los pliegos al considerar que los precios no permiten cumplir con el convenio colectivo del sector. El contrato de limpieza tiene un valor estimado de 82.400 euros.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 de la LCSP
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 55 de la LCSP
- Artículo 44.6 de la LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 24 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Artículo 14.1 de la Ley 40/2015
- Artículo 116 de la Ley 39/2015
- Artículo 10.1 letra k) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 71/2020 2020-02-26
- Andalucía 429/2019 2019-12-19
- Andalucía 233/2018 2018-08-02
- Andalucía 143/2016 2016-06-17
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