/
Resolución
1065/2020
La empresa MEDITERRANEA DE CATERING, S.L.U. presenta un recurso contra los pliegos y el anuncio de licitación del contrato de Gestión integral del servicio de alimentación de pacientes. Alega que las fórmulas matemáticas para valorar el precio no son proporcionales, que los criterios sociales son ambiguos y no tienen relación con el objeto del contrato, que la tramitación urgente discrimina a los licitadores que no han prestado el servicio anteriormente y que no se ha permitido el derecho de visita a las instalaciones. El órgano de contratación se opone al recurso, salvo en lo relativo al criterio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
- Ley 9/2017, artículo 45
- Ley 9/2017, artículo 46.4
- Ley 9/2017, artículo 46.2
- Ley 9/2017, artículos 50 y 51
- Ley 9/2017, artículo 44, apartados 1 a) y 2 a)
- Ley 9/2017, artículos 145 y 146
- Ley 9/2017, artículo 146.2
- Ley 9/2017, artículo 119
- Ley 9/2017, artículo 49
- Ley 9/2017, artículo 56
- Ley 9/2017, artículo 57.3
- Ley 9/2017, artículo 119.1
- Ley 9/2017, artículo 136.3
- Ley 9/2017, artículo 58.2
- Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana, artículo 7
Esta resolución cita a:
- Central 102/2013 2013-03-05
- Central 263/2011 2011-11-02
Esta resolución aparece citada en:
- Central 1007/2025 2025-07-10
- Central 0182/2025 2025-02-07
- Central 0783/2024 2024-06-20
Explorador de resoluciones
- Acceso fácil a las resoluciones de los tribunales de contratación
- Resúmenes automáticos de las claves principales
- Enlazado con licitaciones, adjudicadores y recurrentes