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Acuerdo
65/2025
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
4 de julio de 2025
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos interpone recurso especial contra los pliegos al considerar que la titulación exigida al ingeniero responsable del contrato de conservación (Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero Civil o Ingeniero Técnico de Obras Públicas) debería ser únicamente la de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- artículo 56.2 de la Ley 9/2017
- artículo 46.1 de la LCSP
- Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón (LUECPA)
- artículo 118.1 a) de la Ley 11/2023
- artículo 48 de la LCSP
- artículos 50 y 51 de la LCSP
- artículo 128 de la LUECPA
- artículo 44.1 a) y 44.2.a) de la LCSP
- artículo 76 de la LCSP
- artículo 211 de la LCSP
- artículo 192.2 de la LCSP
- artículo 126.1 de la LCSP
- artículo 1 de la LCSP
- artículo 58 de la LCSP
- artículo 59 de la LCSP
- artículos 10.1.k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Esta resolución cita a:
- Aragón (Resoluciones) 44/2025 2025-06-23
- Central 1221/2020 2020-11-13
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