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Resolución
219/2022
El Círculo Empresarial de Cuidados a Personas en Andalucía (CECUA) interpone un recurso contra el pliego de cláusulas administrativas particulares del contrato de servicios de ayuda a domicilio del Ayuntamiento de Baena, al considerar que se incumplen aspectos relacionados con los criterios de adjudicación, en concreto, la valoración de la experiencia de la empresa como criterio de adjudicación. El tribunal acuerda la suspensión del procedimiento de licitación de forma cautelar.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1.a) y 2.a) de la LCSP
- Artículo 50.1 b) de la LCSP
- Artículo 145 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, artículo 10.3
- Decreto 120/2014, de 1 de agosto
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, artículo 24.1
- Ley 31/2007, de 30 de octubre
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 10.1 k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 537/2021 2021-12-10
- Andalucía 531/2021 2021-12-10
- Andalucía 211/2021 2021-05-27
- Andalucía 207/2020 2020-06-18
- Andalucía 98/2020 2020-05-12
- Andalucía 233/2018 2018-08-02
- Andalucía 214/2017 2017-10-23
- Andalucía 245/2016 2016-10-14
- Andalucía 143/2016 2016-06-17
- Andalucía 58/2013 2013-05-10
- Andalucía 18/2013 2013-02-25
- Andalucía 64/2012 2012-06-14
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 84/2023 2023-02-07
- Andalucía 442/2022 2022-09-09
- Andalucía 445/2022 2022-09-09
- Andalucía 307/2022 2022-06-03
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