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Resolución 74/2012

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Hechos

La Mancomunidad de los Canales del Taibilla convocó una licitación para el servicio de limpieza del Parque Recreativo “Rafael Cerda”. MANTENIMIENTOS CASCALES, S.L. presentó una oferta que fue considerada inicialmente como posible baja anormal. Tras solicitar justificación y analizarla junto con un informe técnico, la mesa de contratación rechazó la oferta por considerar que no podía ser cumplida debido a la inclusión de valores anormales o desproporcionados. Finalmente, se adjudicó el contrato a otra UTE. MANTENIMIENTOS CASCALES, S.L. presenta recurso contra la adjudicación.

  • Ley 30/2007
  • Real Decreto Legislativo 3/2011
  • Real Decreto 817/2009
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • artículo 85 del RGLCAP
  • artículo 136.3 de la LCSP
  • artículo 152.3 TRLCSP
  • artículo 315 de la LCSP
  • artículo 45 TRLCSP
  • artículo 311.1 de la LCSP
  • artículo 41.1 TRLCSP
  • artículo 110.2 de la Ley 30/1992
  • artículo 107.1 de la LRJPAC
  • articulo 317.2 de la LCSP
  • artículo 47.2 TRLCSP
  • artículo 62.1, b) de la LRJPAC
  • artículo 310.2.c) de la LCSP
  • artículo 40.2 TRLCSP
  • artículo 314.2 de la LCSP
  • artículo 44.2 TRLCSP
  • artículo 314.1 de la LCSP
  • artículo 44.1 TRLCSP
  • artículo 136.1 de la LCSP
  • artículo 152.1 TRLCSP
  • artículo 317.3 de la LCSP
  • artículo 318 de la LCSP
  • artículo 47 TRLCSP
  • artículo 48 TRLCSP
  • artículo 317.5 de la LCSP
  • artículo 47.5 TRLCSP
  • artículos 11, letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998

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