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Resolución 84/2013

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Hechos

La entidad CESPA, S.A. interpone recurso contra el pliego de cláusulas administrativas particulares al considerar que el presupuesto base de licitación es insuficiente para el cumplimiento del contrato, ya que los costes salariales superan dicho presupuesto. El órgano de contratación defiende que el presupuesto se corresponde con el del contrato actual y que se ha tomado como referencia el coste por hora necesario para cumplir con el pliego, habiéndose suprimido un puesto de trabajo respecto al contrato actual.

  • Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
  • Artículo 41.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 42 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 158 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 142 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 87 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 88 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 302 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público
  • Ley 34/2010, de 5 de agosto
  • Directiva 2007/66/CE, de 11 de diciembre de 2007
  • Artículo 2 quater de la Directiva 2007/66/CE
  • Artículo 2.1.b) de la Directiva 2007/66/CE
  • Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
  • Artículo 110.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Orden de 14 de diciembre de 2011
  • Decreto 216/2011, de 28 de junio
  • Ley 9/2007, de 22 de octubre
  • Artículo 131 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Artículo 67 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre

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