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Resolución
033/2025
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
23 de enero de 2025
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La COMPAÑÍA DE SEGURIDAD OMEGA, S.A. interpone un recurso contra la adjudicación del contrato de servicios de vigilancia y seguridad a SASEGUR, S.L. Alega que la oferta de SASEGUR debió ser considerada incursa en presunción de anormalidad tras el rechazo de la oferta de ALCOR SEGURIDAD, S.L., que inicialmente fue identificada como tal. El órgano de contratación defiende que no procede realizar cálculos sucesivos de anormalidad y solicita la imposición de una multa por temeridad al recurrente.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 149 LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 85 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
- Artículo 3.1.h) LCSP
- Artículo 3.3.d) LCSP
- Artículo 46.4 LCSP
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 50.1 LCSP
- Artículo 44.1.a) LCSP
- Artículo 44.2.c) LCSP
- Artículo 149.4 LCSP
- Artículo 150 LCSP
- Artículo 201 LCSP
- Artículo 58.2 LCSP
- Artículo 31.2 del RPERMC
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 59 LCSP
Esta resolución cita a:
- Madrid 110/2024 2024-03-14
- Madrid 259/2017 2017-09-19
- Madrid 198/2013 2013-12-18
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