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Resolución
166/2026
El 20 de febrero de 2026, se dictó una resolución de adjudicación de un contrato de servicio de vigilancia, dejando sin efecto una adjudicación previa y proponiendo la adjudicación a la segunda entidad admitida. La recurrente, que es la entidad adjudicataria en esta nueva resolución, interpuso un recurso el 12 de marzo de 2026 contra dicha adjudicación a su favor, alegando irregularidades y un cambio en las condiciones de su oferta.
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 48 de la LCSP
- Directiva 2007/66 del Parlamento Europeo, Artículo 1
- Artículo 55 apartado b) de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 36.6 de la LCSP
- Artículo 10.1 letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
Esta resolución cita a:
- Andalucía 381/2022 2022-07-13
- Andalucía 172/2020 2020-06-01
- Andalucía 25/2020 2020-01-30
- Andalucía 419/2019 2019-12-13
- Andalucía 342/2018 2018-12-11
- Andalucía 337/2018 2018-11-30
- Andalucía 331/2018 2018-11-27
- Andalucía 82/2017 2017-04-28
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