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Resolución 067/2016

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Hechos

La empresa PROSEGUR interpone recurso contra la adjudicación del contrato de seguridad y vigilancia al considerar que la adjudicataria no puede prestar servicios auxiliares por sí misma ni subcontratarlos, y que debió exigirse la presentación de ofertas en UTE con empresas que sí puedan proveer estos servicios. PROSETECNISA alega que PROSEGUR no recurrió los pliegos a tiempo y que estos permitían la subcontratación. BEC se opone al recurso, argumentando que los pliegos permiten la subcontratación de servicios auxiliares y que estos no infringen la Ley de Seguridad Privada.

  • TRLCSP
  • TRLCSP artículo 46.2
  • TRLCSP artículo 40.1 a)
  • TRLCSP artículo 40.2 c)
  • TRLCSP artículo 3
  • TRLCSP artículo 41.3
  • Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada
  • Ley 5/2010, de 23 de diciembre, Disposición Adicional Octava
  • Real Decreto 2364/1994
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 44.1
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 46.1
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 10 k)

Esta resolución aparece citada en:

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