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Resolución
372/2022
La UTE Yaskawa Ibérica y Navarro Oriol Robótica y Tecnología recurre la declaración de desierto del procedimiento de licitación por la Universidad de Sevilla. Anteriormente, la UTE había sido excluida de la licitación, decisión que recurrió, pero su recurso fue desestimado. Otra empresa, AIMEN, también había sido excluida y recurrió, ganando el recurso y anulando la exclusión de AIMEN y las actuaciones posteriores, incluyendo la declaración de desierto.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1 a) y 2 c) de la LCSP
- Artículo 56.1 de la LCSP
- Artículo 55 b) de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 115.2 de la Ley 39/2015
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 11.2 del Decreto 332/2011
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículo 10.1 letra k) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 349/2022 2022-06-30
- Andalucía 324/2022 2022-06-20
- Andalucía 53/2022 2022-01-28
- Andalucía 360/2020 2020-10-29
- Andalucía 25/2020 2020-01-30
- Andalucía 419/2019 2019-12-13
- Andalucía 35/2019 2019-02-14
- Andalucía 342/2018 2018-12-11
- Andalucía 337/2018 2018-11-30
- Andalucía 331/2018 2018-11-27
- Andalucía 49/2018 2018-02-23
- Andalucía 82/2017 2017-04-28
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