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Resolución 109/2026

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Hechos

El Colegio Oficial de Arquitectos de Fuerteventura interpone recurso contra el anuncio de licitación y los pliegos que rigen la contratación de servicios para el "REACONDICIONAMIENTO DE VIALES Y ESPACIOS PÚBLICOS DE COSTA CALMA". Alega que el horario de visitas a obras es restrictivo, los requisitos de solvencia técnica son desproporcionados, un criterio de adjudicación cualitativo está mal configurado y el valor estimado del contrato está incorrectamente calculado. El Ayuntamiento de Pájara defiende la legalidad de los pliegos argumentando que el horario responde a criterios de coordinación administrativa, los requisitos de solvencia son flexibles y proporcionales a la complejidad de la obra, el criterio de adjudicación está justificado y el valor estimado se calculó correctamente sin incluir prórrogas o modificaciones no previstas.

  • Artículo 116.4 de la LCSP
  • Artículo 100 de la LCSP
  • Artículo 101 de la LCSP
  • Artículo 204 de la LCSP
  • Artículo 205 de la LCSP
  • Artículo 192.2 de la LCSP
  • Artículo 145 de la LCSP
  • Artículo 34 de la LCSP
  • Artículo 74.2 de la LCSP
  • Artículo 58 de la Directiva 2014/24/UE
  • Artículo 39 de la LCSP
  • Artículo 40 de la LCSP
  • Artículo 47 de la Ley 39/2015
  • Artículo 102.3 de la LCSP
  • Artículo 101.2.c) de la LCSP
  • Artículo 56.2 de la LCSP
  • Artículo 3 del Decreto 10/2015
  • Artículo 46.3 de la LCSP
  • Artículo 46.4 de la LCSP
  • Artículo 2.2 del Decreto 10/2015
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44.1.b) de la LCSP
  • Artículo 44.2.a) de la LCSP
  • Artículo 44.2.b) de la LCSP
  • Artículo 50.1.b) de la LCSP
  • Artículo 138.2 de la LCSP
  • Artículo 192 de la LCSP
  • Artículo 197 de la LCSP
  • Artículo 90.1 de la LCSP
  • Artículo 67.7.3º del RGLCAP
  • Artículo 63 de la LCSP
  • Artículo 101.11.c) de la LCSP
  • Artículo 103.1 de la LCSP
  • Artículo 57.2 de la LCSP
  • Artículo 51 de la Ley 39/2015
  • Artículo 57.4 de la LCSP
  • Artículo 10.1 de la Ley 29/1998
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998

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