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Resolución
307/2025
La entidad LEE HECHT HARRISON S.L. (LHH) presenta un recurso contra la resolución de adjudicación del lote 2 del contrato de servicio de atención integral y acompañamiento para la inserción socio-laboral de mujeres víctimas de violencia de género. LHH alega que se valoró incorrectamente uno de los criterios de adjudicación, específicamente la falta de firma en los acuerdos de colaboración presentados con su oferta. LHH considera que la falta de firma es un defecto subsanable y que no se le permitió subsanar dicho defecto, lo que vulnera el principio antiformalista y el principio de concurrencia.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1 a) y 2 c) de la LCSP
- Artículo 50.1 d) de la LCSP
- Artículo 58.2 del Real Decreto- ley 36/2020
- Artículo 34 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
Esta resolución cita a:
- Andalucía 229/2023 2023-05-03
- Andalucía 277/2022 2022-05-20
- Andalucía 213/2020 2020-06-18
- Andalucía 172/2019 2019-05-23
- Andalucía 323/2016 2016-12-15
- Andalucía 380/2015 2015-11-04
- Andalucía 69/2012 2012-06-21
- Central 64/2012 2012-03-06
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