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Resolución
076/2016
El Colegio Oficial de Dietistas – Nutricionistas del País Vasco interpone recurso contra el Pliego de Prescripciones Técnicas del contrato de “Servicio de restauración hospitalaria y gestión y explotación de la cafetería del Hospital Bidasoa”, tramitado por Osakidetza, al considerar que no se especifica la titulación requerida para el personal responsable del diseño del menú, que se induce a error al mencionar el “Grado superior de Dietética y Nutrición o equivalente”, que se considera relevante la colegiación del personal dietista – nutricionista, y que la previsión de personal es insuficiente.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- artículo 46.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- artículo 40.1 b) del TRLCSP
- artículo 40.2 a) TRLCSP
- artículo 3 del TRLCSP
- art. 36 de la Constitución Española
- Ley 44/2003, de 21 de noviembre
- artículo 2 de la Ley 44/2003
- artículo 7.2 g)
- Orden CIN/730/2009, de 18 de marzo
- artículo 7.1
- artículo 3 de la Ley
- Real Decreto 536/1995, de 7 de abril
- art. 25.1 TRLCSP
- artículo 43. 2 del TRLCSP
- Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010, de 23 de diciembre
- artículo 44.1 Ley 29/1998, de 13 de julio
- artículo 46. 1 LJ
- artículo 10 k) LJ
- artículo 49 del TRLCSP
Esta resolución cita a:
- Euskadi 073/2015 2015-07-14
Esta resolución aparece citada en:
- Euskadi 111/2016 2016-10-14
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