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Resolución
1579/2025
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
30 de octubre de 2025
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
ISDEFE convocó una licitación para el servicio de soporte especializado en procesamiento del lenguaje natural. D. A.G.F. fue el único licitador admitido para el lote 1. Posteriormente, ISDEFE acordó el desistimiento de este lote basándose en la necesidad de ampliar y redefinir el servicio, incluyendo actividades de supervisión de casos de uso de IA, que no estaban completamente cubiertas en la definición inicial. El recurrente alegó que el pliego ya contemplaba dichas actividades y que el desistimiento vulneraba el artículo 152 de la LCSP, solicitando la nulidad del desistimiento y la continuación del procedimiento.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, artículo 44.1.a)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, artículo 44.2.b)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, artículo 47
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, artículo 50.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, artículo 152
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, artículo 126
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículo 11.1.f
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículo 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1171/2022 2022-10-06
- Central 1147/2022 2022-09-29
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