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Resolución
249/2021
La empresa recurrente fue excluida de la licitación tras ser considerada su oferta como retirada al no subsanar completamente la documentación requerida para acreditar los medios adscritos al contrato. La mesa de contratación consideró que la documentación presentada, especialmente los currículums vitae, no acreditaban suficientemente la experiencia y conocimientos del personal ofertado.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 150.2 de la LCSP
- Artículo 44.1 de la LCSP
- Artículo 44.2 de la LCSP
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Artículo 76.2 de la LCSP
- Artículo 139.1 de la LCSP
- Artículo 35 de la Ley 39/2015
- Artículo 151 de la LCSP
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Decreto 10/2005, de 12 de febrero
- Artículo 1281 a 1289 del Código Civil
- Artículo 88.6 de la Ley 39/2015
Esta resolución cita a:
- Canarias 193/2021 2021-07-09
- Canarias 123/2021 2021-05-05
- Canarias 181/2019 2019-09-17
Esta resolución aparece citada en:
- Canarias 251/2021 2021-09-09
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