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Resolución
0006/2026
El Ayuntamiento de Denia convocó la licitación para el suministro de vehículos. Inicialmente, se propuso adjudicar el lote 2 a ANDACAR 2000, S.A. Sin embargo, tras detectar un error aritmético y solicitar un informe jurídico, se retrotrajeron las actuaciones y se propuso la adjudicación a TRANSTEL, S.A. Posteriormente, la Mesa de Contratación, tras un escrito de ANDACAR 2000, S.A., reinterpretó un criterio de adjudicación y otorgó la máxima puntuación a TRANSTEL, S.A., lo que llevó a la adjudicación del lote 2 a esta última empresa. ANDACAR 2000, S.A. interpuso un recurso especial contra esta decisión.
- Artículo 46.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 50.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44.2 c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 48 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 139.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 53 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 57.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 1288 del Código Civil
- Artículo 1281 del Código Civil
- Artículo 58.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 10.1 k de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Esta resolución cita a:
- Central 1383/2021 2021-10-15
- Central 1037/2020 2020-10-28
- Central 49/2011 2011-02-23
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