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Resolució
1333/2025
Se publicó la licitación para un contrato mixto de servicio de colaboración para la gestión de expedientes sancionadores de tráfico y suministro de dispositivos de seguridad vial. Dos empresas, UTE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA PARA SEGURIDAD VIAL SLU - OBOID S.L. (CASV-OBOID) y MARTINEZ CENTRO DE GESTIÓN S.L. (MCG), se presentaron. Inicialmente, la Mesa de Contratación valoró las ofertas y las encontró empatadas. Tras un proceso de desempate basado en el porcentaje de personal con discapacidad, se propuso la adjudicación a CASV-OBOID. Sin embargo, MCG interpuso un recurso especial (261/2025) que fue estimado, declarando la nulidad de la adjudicación y la retroacción del procedimiento. En ejecución de esa resolución, el órgano de contratación, aplicando el criterio de desempate correctamente, adjudicó el contrato a MCG. CASV-OBOID interpuso un nuevo recurso especial contra esta última adjudicación.
- Artículo 147.2 de la LCSP
- Artículo 53 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 50 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 24 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
- Artículo 150.2 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 10.1.k de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Esta resolución cita a:
- Central 1329/2023 2023-10-20
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