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Resolución
1055/2023
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
3 de agosto de 2023
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa EULEN SEGURIDAD, S.A. recurre su exclusión de la licitación para el servicio de seguridad y vigilancia en los campus de Chamartín y Majadahonda, al estar incursa en una prohibición temporal de contratar debido a una sanción por infracción muy grave en materia laboral. EULEN SEGURIDAD, S.A. argumenta que la prohibición no es firme, ya que ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo y solicitado la suspensión de la misma. Además, alega haber solicitado una revisión de la prohibición al Ministerio de Hacienda y Función Pública.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 47.1 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) de la LCSP
- Artículo 44.2.b) de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1.c) de la LCSP
- Artículo 71.1.b) de la LCSP
- Artículo 73.3 de la LCSP
- Artículo 72.5 de la LCSP
- Artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC)
- Artículo 8 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- Artículo 140.4 de la LCSP
- Artículo 326.2.a) de la LCSP
Esta resolución aparece citada en:
- Central 1428/2023 2023-11-03
- Central 1406/2023 2023-10-27
- Central 1210/2023 2023-09-21
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