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Resolució
140/2020
DELTA SEGURIDAD, S.A. interpuso un recurso contra la adjudicación del contrato de "Servicio de vigilancia y seguridad" tramitado por el Bilbao Exhibition Centre, S. A. Alega que la valoración de la oferta de la adjudicataria se realizó con apreciaciones no parametrizadas y que la ponderación de su oferta no se corresponde con la realidad. La adjudicataria impugnada, ALTA SEGURIDAD, S.A, se opone al recurso, defendiendo la correcta valoración de su oferta y solicitando una posible multa por la temeridad y mala fe del recurrente. El Bilbao Exhibition Centre, S. A. también se opone al recurso, argumentando que los sistemas de análisis se valoraron adecuadamente y que se respetaron los principios de igualdad y transparencia.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 56.2
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 44.1 a)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 44.2 c)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 50.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 3
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 1.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 46.1
- Ley 5/2010, de 23 de diciembre, Disposición Adicional Octava
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 44.1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 46. 1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 10.1 k)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 59.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 151.2
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 146.2 b)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 57.2
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 57.3
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículo 57.4
Esta resolución cita a:
- Euskadi 209/2019 2019-12-03
- Euskadi 117/2019 2019-07-05
- Euskadi 122/2017 2017-11-14
Esta resolución es citada en:
- Euskadi 085/2023 2023-05-09
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